Información sobre el Ingreso Mínimo Vital

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     Fuente: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

El Gobierno de España aprobó el Real Decreto-Ley 20/2020 por el que se pone en marcha el Ingreso Mínimo Vital, una prestación nueva de la Seguridad Social, que será de carácter permanente. El Ingreso Mínimo Vita busca ayudar a las familias con menos ingresos y tiene como objetivos principales la redistribución de la renta, así como favorecer la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.

Este Ingreso Mínimo Vital lo pueden solicitar personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener entre 23 y 65 años (o 18 años si hay menores a cargo)
  • Cumplir un año de residencia legal en España
  • Haber vivido independientemente al menos un año en el caso de familias y de tres años en el caso de personas solas
  • Que la unidad de convivencia se haya formado al menos un año antes de la solicitud
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho 
  • Estar inscritas como demandantes de empleo.

Más allá de estos requisitos, el acceso al IMV dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite. Toda la información sobre requisitos se puede ver en este enlace https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/ingresoMinVital/home.htm

La solicitud de la prestación se podrá hacer a partir del 15 de junio, a través de los canales telemáticos de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio), que también ha dispuesto el teléfono 900 20 22 22 para obtener más información.

Además, desde la Seguridad Social se ha creado un simulador para que la persona interesada compruebe si puede beneficiarse de esta prestación (https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador).

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