DOCUMENTACIÓN PARA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS
(Caso de no haber realizado la solicitud de inscripción en las 72h. siguientes al alumbramiento en la oficina administrativa del centro sanitario)
- FOTOCOPIA DEL D.N.I., N.I.E. o PASAPORTE DE LOS PADRES.
- VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO de ambos padres emitido por el Ayuntamiento de Los Montesinos (ha de ser el municipio de residencia de ambos progenitores).
- Libro de Familia o Certificado de Matrimonio y de Nacimiento del hijo/a Primogénito (en caso de existir).
- IMPRESOS DEL CENTRO HOSPITALARIO:
- Cuestionario de Nacimiento Cumplimentado, Firmado y Sellado por el Centro Sanitario dónde ocurrió el alumbramiento.
- Certificación del Centro Hospitalario como que no se ha promovido inscripción registral alguna por su parte.
- Cuestionario de Estadística del Parto (también pueden obtenerlo en el Registro Civil).
PLAZO para realizar la comunicación al Registro Civil: 10 días desde el alumbramiento (ampliables a un máximo de 30 días por causas justificadas).
SOLICITAR CITA PREVIA en el 96 672 10 87 (martes y jueves).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA INICIAR EXPEDIENTE DE INSCIPCIÓN DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO LEGAL
- FOTOCOPIA DEL D.N.I., N.I.E. o PASAPORTE DE LOS PROMOTORES.
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTE AL LUGAR DEL DOMICILIO DE LOS PROMOTORES.
- CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE NACIMIENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL LUGAR EN EL CUAL OCURRIÓ EL NACIMIENTO (TORREVIEJA)
- CERTIFICACIÓN LITERAL DEL MATRIMONIO DE LOS PADRES DEL NO INSCRITO.
En caso de no existir matrimonio entre los padres, se deberá aportar certificación literal del nacimiento de cada uno, TRADUCIDO, LEGALIZADO Y APOSTILLADO.
Y en caso de existir separación legal y/o divorcio, se deberá aportar certificación literal del matrimonio con la sentencia de separación y/o divorcio inscrita al margen.
- COMPARECENCIA DE 2 TESTIGOS.
- IMPRESOS DEL CENTRO HOSPITALARIO:
- Cuestionario de Nacimiento Cumplimentado, Firmado y Sellado por el Centro Sanitario dónde ocurrió el alumbramiento.
- Certificación del Centro Hospitalario como que no se ha promovido inscripción registral alguna por su parte.
- Cuestionario de Estadística del Parto (también pueden obtenerlo en el Registro Civil)
NOTA: El expediente se podrá iniciar en el Registro Civil correspondiente al del lugar del domicilio del/los promotores
DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR EXPEDIENTE DE MATRIMONIO CIVIL
LA SOLICITUD HA DE REALIZARSE POR “AMBOS” SOLICITANTES QUE HAN DE COMPARECER “CONJUNTAMENTE” ANTE EL REGISTRO CIVIL CORRESPONDIENTE AL DOMICILIO DE CUALQUIERA DE ELLOS
DOCUMENTOS (AMBOS CONTRAYENTES)
- CERTIFICACION DE NACIMIENTO LITERAL DE AMBOS, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, acreditativo del domicilio de los DOS ULTIMOS AÑOS (solo el contrayente español ha de especificar los dos últimos años de residencia, los expide el Ayuntamiento y debe constar la fecha de empadronamiento)
- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, N.I.E o PASAPORTE con fotocopia
- DECLARACION JURADA o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes españoles (se realizan en el Registro Civil). Ciudadanos de otras nacionalidades, CERTIFICADO DE ESTADO CIVIL.
ADEMÁS DE LOS DOCUMENTOS ANTERIORES, SEGÚN EL CASO:
- MENORES DE EDAD: Si son mayores de 16 años en la certificación literal de nacimiento debe constar nota marginal de EMANCIPACIÓN. Si son mayores de 14 años pero menores de 16 años, deben obtener previamente DISPENSA JUDICIAL
- DIVORCIADOS O ANULADOS, DEL MATRIMONIO ANTERIOR:
CERTIFICACION LITERAL DEL MATRIMONIO ANTERIOR, con anotación marginal de DIVORCIO o NULIDAD. Las Sentencias de Divorcio dictadas fuera de España necesitarán EXEQUATOR-CONVALIDACION (Sala 1ª Tribunal de Supremo)
- VIUDOS:
CERTIFICACION LITERAL DEL MATRIMONIO ANTERIOR
CERTIFICACION LITERAL DE DEFUNCION DEL CÓNYUGE FALLECIDO
- EXTRANJEROS:
CERTIFICACION DE INSCRIPCION CONSULAR DE LOS INTERESADOS, con expresión de domicilio del mismo, tiempo de residencia en España y lugar de procedencia del mismo.
ADEMAS, deberá acreditarse si la LEY PERSONAL de su país exige la publicación de EDICTOS al contraer matrimonio civil en España
- AISLADOS O REFUGIADOS POLITICOS O SOLICITANTES DE ASILO O REFUGIO, deberá aportarse certificado de la Dirección General de la Policía, Cruz Roja Española, o de otro organismo competente con todos los datos personales de los interesados (nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nombre de los padres, estado civil, domicilio actual) acreditativo de su condición como tal
NOTAS:
- Toda la documentación que no sea española deberá traducirse por TRADUCTOR JURADO y LEGALIZARSE POR EL CONSULADO RESPECTIVO (tanto original como traducción) y/o el MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES. LA LEGALIZACIÓN DE LA HAYA sustituye a la legalización de documentos
- Aquellos solicitantes que no sepan hablar español, deberán comparecer asistidos de INTERPRETE
- Es necesaria la COMPARECENCIA JUNTO CON LOS SOLICITANTES DE 2 TESTIGOS PARA INSTRUIR EL EXPEDIENTE, mayores de edad y provistos del D.N.I o Pasaporte y UNO DE ELLOS, a ser posible, QUE SEA UN FAMILIAR
INSCRIPCION MATRIMONIO CELEBRADO EN EL EXTRANJERO (R.C.CENTRAL-MADRID)
CERTIFICADO LITERAL DE MATRIMONIO TRADUCIDO Y LEGALIZADO
- CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO DEL ESPAÑOL
- CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO DEL EXTRANJERO TRADUCIDO Y LEGALIZADO
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
- HOJA DE DECLARACIÓN DE DATOS PARA INSCRIPCIÓN.
COMPARECENCIA DE AMBOS CON SUS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD